29/12/2020
¿ SABES QUIÉN TIENE DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTICIA Y QUÉ COMPRENDE ?
La pensión alimenticia o pensión de alimentos, también denominada jurídicamente como el derecho a alimentos, es un derecho recíproco, lo que significa que quien tiene obligación de darlos, tiene derecho a recibirlos y es resultado del parentesco consanguíneo, con excepción del que existe entre cónyuges y excónyuges.
La persona obligada a dar alimentos se conoce como deudor alimentario y la persona que tiene derecho a recibirlos se llama acreedor alimentario.
La obligación de dar alimentos es en primer lugar de los padres hacia los hijos y viceversa. A falta de éstos la obligación será de los abuelos a los nietos, o bisabuelos, tatarabuelos y sus respectivos nietos y así sin que la ley establezca un límite al respecto.
A falta de los anteriores, la obligación será de los parientes en línea colateral hasta el cuarto grado, es decir, pueden ser entre hermanos, tíos y sobrinos y hasta primos-hermanos.
¿Qué se incluye en la pensión alimenticia?
A pesar de lo que refiere el nombre, la pensión de alimentos no solo es para cubrir necesidades de alimentación ya que la misma debe incluir: comida, habitación, vestido (ropa), asistencia en caso de enfermedad y en caso de que el acreedor alimentario se encuentre estudiando también deberá cubrir los gastos relativos.
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